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Ley provincial Nº 1466 : (Record no. 2171)

MARC details
000 -CABECERA
campo de control de longitud fija 03873nmm a22002297a 4500
NÚMERO DE CONTROL
campo de control 1466
IDENTIFICADOR DE NÚMERO DE CONTROL
campo de control PJ-TDF
FECHA Y HORA DE LA ÚLTIMA TRANSACCIÓN
campo de control 20230203104938.0
DATOS DE LONGITUD FIJA--INFORMACIÓN GENERAL
campo de control de longitud fija 220928b |||||||| |||| 00| 0 eng d
NÚMERO DE LA NORMA
Número de Norma 1466
FUENTE DE LA CATALOGACIÓN
Centro/agencia transcriptor PJ TDF
NOMBRE DEL EMISOR
Emisor Poder Legislativo Tierra del Fuego
9 (RLIN) 1
TÍTULO DE LA NORMATIVA
Título Ley provincial Nº 1466 :
Resto del título Creación de la Defensoría Provincial de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes /
Mención de Responsabilidad Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
ESTADO DE LA NORMA
Estado Vigente
DATOS DE LA NORMATIVA
Lugar de Publicación Ushuaia :
Sanción 7 de Diciembre de 2022.
Boletín Oficial/Fecha B.O.P. 29/12/22.
Promulgación 28/12/22. D.P. Nº 3600/22.
CONTENIDO DE LA NORMATIVA
Nota de Normativa Créase la Defensoría Provincial de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con carácter de persona jurídica de derecho público, con autarquía y autonomía funcional, en los términos del artículo 48 inciso b) de la Ley nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, por lo que forma parte del Sistema de Protección Integral de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes creado por dicha ley.<br/>La Defensoría es un órgano independiente de los tres poderes del Estado y de las instituciones provinciales preexistentes.<br/>Objetivos y Funciones. Son objetivos y funciones de la Defensoría Provincial de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes:<br/>a) velar por la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la Provincia, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico local, nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte;<br/>b) coordinar acciones con la Defensoría Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes con efectos en la población de la Provincia;<br/>c) actuar en forma coordinada y conjunta con las instituciones provinciales y municipales vinculadas a las niñas, niños y adolescentes; y<br/>d) intervenir en casos en los cuales no se haya obtenido respuesta suficiente o acorde a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, sea por parte de los organismos del sector público o del sector privado.<br/>Para el cumplimiento de sus objetivos, la Defensoría puede:<br/>1) requerir la implementación de acciones locales, en territorios y ámbitos definidos dentro de la Provincia atendiendo a las particularidades de cada región y de cada problema;<br/>2) investigar problemáticas locales en la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes de nuestra provincia;<br/>3) efectuar denuncias ante los ámbitos administrativos, policiales y judiciales que correspondan por afectación, desconocimiento, amenazas y/o violación a los derechos de las niñas, niños y adolescentes;<br/>4) brindar capacitaciones en los ámbitos públicos y privados en el respeto a los derechos de las niñas, niños y adolescentes; y<br/>5) difundir por todos los medios y ámbitos posibles, los derechos de las niñas, niños y adolescentes y las formas de contacto con la Defensoría.<br/>Las funciones detalladas son meramente enunciativas y podrán incorporar funciones que la propia Defensoría considere apropiadas para el cumplimiento de sus objetivos.<br/>La Defensoría determinará, en forma exclusiva, los casos a los que dará curso; las presentaciones serán gratuitas y no se admitirán gestores o intermediarios.<br/>Todas las entidades, los organismos y personas jurídicas públicas o privadas y las personas físicas están obligadas a prestar colaboración a los requerimientos de la Defensoría, con carácter de preferente despacho.
PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
9 (RLIN) 67
PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada INTERES SUPERIOR DEL NIÑO
9 (RLIN) 185
PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada RÉGIMEN DE PROTECCIÓN INTEGRAL DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE
9 (RLIN) 26
LOCALIZACIÓN Y ACCESO ELECTRÓNICOS
Documento https://www.legistdf.gob.ar/lp/leyes/Provinciales/LEYP1466.pdf
Texto Completo Acceso al documento
TIPOS DE ITEMS
Tipo de ítem Leyes Provinciales
-- 2171
-- 2171

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