Ley provincial Nº 525 : Enjuiciamiento de Magistrado y Funcionarios del Ministerio Público del Poder Judicial / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : B.O.P. 03/09/01. 12 de Diciembre de 2000. Edition: VigenteISBN:- 525
Contents:
Los magistrados del Poder Judicial y los funcionarios del Ministerio Público podrán ser removidos por el procedimiento de enjuiciamiento ante el Consejo de la Magistratura. Son causales de enjuiciamiento de los magistrados o funcionarios del Ministerio Público: a) Mala conducta, morosidad o negligencia en el cumplimiento de sus funciones; b) desconocimiento notorio del derecho; c) comisión de delitos comunes; d) inhabilidad física o moral sobreviniente; e) las inhabilidades previstas en el artículo 204 de la Constitución Provincial.
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Los magistrados del Poder Judicial y los funcionarios del Ministerio Público podrán ser removidos por el procedimiento de enjuiciamiento ante el Consejo de la Magistratura. Son causales de enjuiciamiento de los magistrados o funcionarios del Ministerio Público: a) Mala conducta, morosidad o negligencia en el cumplimiento de sus funciones; b) desconocimiento notorio del derecho; c) comisión de delitos comunes; d) inhabilidad física o moral sobreviniente; e) las inhabilidades previstas en el artículo 204 de la Constitución Provincial.