Ley provincial Nº 462 : MODIFICACIÓN - Régimen de Equiparación de Oportunidades para Personas con Discapacidad / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : 24 de Noviembre de 1999. B.O.P. 07/01/00. Edition: VigenteISBN:- 462
Incorpórase como inciso k) al artículo 5º de la Ley provincial Nº 48, el siguiente texto: “k) apoyar y promover la creación de talleres protegidos de producción y grupos laborables protegidos, teniendo a su cargo la habilitación, registro y supervisión de los mismos, por el área de
trabajo, de acuerdo a lo que determine la reglamentación.”.
Incorpórase como artículo 5º bis, de la Ley provincial Nº 48, el siguiente texto: “Artículo 5º bis.- A efectos del inciso b) del artículo anterior, la Comisión interministerial podrá recabar los datos que estime necesarios recurriendo a los organismos públicos y privados, quienes
quedan obligados a proporcionarlos. Asimismo, la Comisión interministerial facilitará el acceso a dicha información a las instituciones asistenciales, educacionales o de investigación que la requieran, con el fin de apoyar los objetivos de la presente ley.”.