CATÁLOGO BIBLIOGRÁFICO                         BIBLIOTECA                                     SERVICIOS

Ley provincial Nº 537 : MODIFICACIÓN - Ley de Pesca / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.

By: Material type: Computer fileComputer filePublication details: Ushuaia : B.O.P.: 02/01/02. 25 de Octubre de 2001. Edition: VigenteISBN:
  • 537
Subject(s): Online resources:
Contents:
Sustitúyese el artículo 11 del Capítulo IV de la Ley provincial N° 244, por el siguiente texto: “Artículo 11.- La autoridad de aplicación establecerá los procedimientos, distintos artes o aparejos de pesca, tamaño de abertura de mallas, formas de extracción en el caso de moluscos y crustáceos, librados a la venta y condiciones sanitarias de conservación. Quedan especialmente prohibidos en todos los espacios marítimos y bajo jurisdicción provincial los siguientes actos: a) La devolución al agua del producto de la pesca comercial y todos los residuos orgánicos producto de la industrialización de materia de pesca, ya sea por la operación de plantas procesadoras fijas o flotantes; previo a ello deberán ser procesados a efectos de darle carácter inocuo; b) colocar, arrojar, dejar o hacer llegar a aguas de uso público o particulares que comuniquen con ellas, en forma permanente o transitoria, sustancias o elementos líquidos, sólidos o gaseosos, cuyos efectos resultaren nocivos para la flora y fauna acuática; c) pescar con embarcaciones en el interior de los puertos artificiales; d) capturar especies con embarcaciones de pesca mayores de 500 HP de potencia en las zonas reservadas para la pesca artesanal; e) tenencia a bordo, en los barcos habilitados, de redes de pesca o cualquier otro arte o aparejo no autorizados.
Tags from this library: No tags from this library for this title. Log in to add tags.
Star ratings
    Average rating: 0.0 (0 votes)
No physical items for this record

Sustitúyese el artículo 11 del Capítulo IV de la Ley provincial N° 244, por el siguiente texto: “Artículo 11.- La autoridad de aplicación establecerá los procedimientos, distintos artes o aparejos de pesca, tamaño de abertura de mallas, formas de extracción en el caso de moluscos y crustáceos, librados a la venta y condiciones sanitarias de conservación. Quedan especialmente prohibidos en todos los espacios marítimos y bajo jurisdicción provincial los siguientes actos:
a) La devolución al agua del producto de la pesca comercial y todos los residuos orgánicos producto de la industrialización de materia de pesca, ya sea por la operación de plantas procesadoras fijas o flotantes; previo a ello deberán ser procesados a efectos de darle carácter inocuo; b) colocar, arrojar, dejar o hacer llegar a aguas de uso público o particulares que comuniquen con ellas, en forma permanente o transitoria, sustancias o elementos líquidos, sólidos o gaseosos,
cuyos efectos resultaren nocivos para la flora y fauna acuática; c) pescar con embarcaciones en el interior de los puertos artificiales; d) capturar especies con embarcaciones de pesca mayores de 500 HP de potencia en las zonas reservadas para la pesca artesanal; e) tenencia a bordo, en los barcos habilitados, de redes de pesca o cualquier otro arte o aparejo no autorizados.

¿Base de Legislación Provincial “Koha”? es acceso en línea a leyes provinciales y territoriales, decretos reglamentarios y provinciales relevantes. Sistematización de la información legislativa pública disponible de los otros poderes del Estado. Leyes provinciales, textos ordenados de la Dirección Legislativa de la Legislatura de la provincia (Infoley), publicadas en el Boletín Oficial provincial, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno, así como los decretos reglamentarios provinciales y territoriales. Con actualización constante, la finalidad de esta iniciativa es centralizar y relacionar en un sólo portal, la normativa más relevante, que registran y publican cotidianamente los entes de los poderes del Estado de la provincia de Tierra del Fuego.

Horario de Atención: 8.00 a 17.00 hs. 
bibliotecaush@justierradelfuego.gov.ar
bibliotecarg@justierradelfuego.gov.ar
koha@justierradelfuego.gov.ar
Seguinos en nuestras redes @bibliojustdf