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Ley provincial Nº 1312 : Se declara la Emergencia Económica, Fiscal, Financiera y Social en el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur hasta el 31-12-2020 / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.

By: Material type: Computer fileComputer filePublication details: Ushuaia 28 de Mayo de 2020. B.O.P.: 02/06/20. Edition: VigenteISBN:
  • 1312
Subject(s): Online resources:
Contents:
Declárase la Emergencia Económica, Fiscal, Financiera y Social en el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur hasta el 31/12/2020, prorrogable por un (1) año por el Poder Legislativo, a solicitud del Poder Ejecutivo, previo informe circunstanciado. Ratifíquese lo dispuesto en los Decretos Provinciales N°465/20, 467/20, 468/20, 524/20, 525/20, 536/20, 587/20, 645/20, 742/20 y sus normas reglamentarias. Créase el Programa de Recuperación Económica y Social PROGRESO, que tendrá como objeto la asistencia económica y financiera destinada a las micro, pequeñas y medianas empresas constituidas como personas humanas o jurídicas, cooperativas, asociaciones civiles, mutuales y cuentapropistas, entre otros. En el marco del presente programa se autoriza al Poder Ejecutivo a generar aportes de capital al Banco Provincia de Tierra del Fuego, a la implementación de créditos no bancarios, a subsidiar tasas de interés y a otorgar otro tipo de subsidios. Autorízase al Poder Ejecutivo a utilizar temporariamente, hasta la fecha de vencimiento establecida en la Resolución 226/2017 y sus modificatorias, del Ministerio de Jefatura de Gabinete, los recursos obtenidos en el marco de lo dispuesto en el Artículo 12 de la Ley Provincial 1132 y por sus colocaciones financieras o resultados por tenencia, por hasta un monto máximo de PESOS DOS MIL MILLONES ($ 2.000.000.000.), los que serán destinados a financiar el Programa de Recuperación Económica y Social PROGRESO.
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Declárase la Emergencia Económica, Fiscal, Financiera y Social en el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur hasta el 31/12/2020, prorrogable por un (1) año por el Poder Legislativo, a solicitud del Poder Ejecutivo, previo informe circunstanciado. Ratifíquese lo dispuesto en los Decretos Provinciales N°465/20, 467/20, 468/20, 524/20, 525/20, 536/20, 587/20, 645/20, 742/20 y sus normas reglamentarias.
Créase el Programa de Recuperación Económica y Social PROGRESO, que tendrá como objeto la asistencia económica y financiera destinada a las micro, pequeñas y medianas empresas constituidas como personas humanas o jurídicas, cooperativas, asociaciones civiles, mutuales y cuentapropistas, entre otros.
En el marco del presente programa se autoriza al Poder Ejecutivo a generar aportes de capital al Banco Provincia de Tierra del Fuego, a la implementación de créditos no bancarios, a subsidiar tasas de interés y a otorgar otro tipo de subsidios.
Autorízase al Poder Ejecutivo a utilizar temporariamente, hasta la fecha de vencimiento establecida en la Resolución 226/2017 y sus modificatorias, del Ministerio de Jefatura de Gabinete, los recursos obtenidos en el marco de lo dispuesto en el Artículo 12 de la Ley Provincial 1132 y por sus colocaciones financieras o resultados por tenencia, por hasta un monto máximo de PESOS DOS MIL MILLONES ($ 2.000.000.000.), los que serán destinados a financiar el Programa de Recuperación Económica y Social PROGRESO.

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