Ley provincial Nº 295 : Energía Eólica. Declarando de Interés provincial su generación, transmisión, distribución o uso / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : 09 de Mayo de 1996. B.O.P. 05/06/96. Edition: VigenteISBN:- 295
Declárase de Interés Provincial la generación, transmisión, distribución o uso de energía eólica en el territorio de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
La generación, transmisión o distribución de energía eólica, podrá ser realizada por personas físicas o jurídicas, en particular por cooperativas o concesionarios de servicios públicos.
Exímense de todo gravamen impositivo provincial, por el término de diez (10) años, a los servicios o bienes destinados a la generación, transmisión, distribución o uso de energía eólica, siempre que contaren estos últimos con el certificado de aptitud energética otorgado por la Autoridad de Aplicación.