Ley provincial Nº 989 : MODIFICACIÓN - Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos de la Administración Pública. Ejercicio 2014 / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : 21 de Agosto de 2014 B.O.P. 25/08/2014. Edition: VigenteISBN:- 989
Sustitúyese el artículo 17 de la Ley provincial 959, Presupuesto General de
Erogaciones y Cálculo de Recursos de la Administración Pública, Ejercicio 2014, por el siguiente texto: “Artículo 17.- El Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, y el Poder Judicial así como los Órganos de Control podrán realizar las reestructuraciones y modificaciones que consideren necesarias dentro del total de erogaciones determinado en el artículo 1º de la presente ley para cada uno de ellos, debiendo informar al Poder Ejecutivo dentro de los cinco (5) días de realizada la tramitación a efectos de mantener consolidado el estado presupuestario de la administración central. Las modificaciones o ajustes de partidas de los organismos descentralizados, solo podrán hacerse dentro de los grandes rubros de Gastos corrientes y Gastos de Capital y sin transferir créditos entre dichos rubros, salvo autorización legislativa.”.