Ley provincial Nº 554 : Creación de los Consejos y Fondos Hospitalarios. Hospitales Rio Grande y Ushuaia / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia B.O.P. 14/08/02 11 de Julio de 2002. Edition: DerogadaISBN:- 554
El Estado provincial, responsable de la conducción y regulación global del sistema
sanitario, cumpliendo con los principios constitucionales que declara a la atención de la salud como un derecho básico de todos los habitantes, adecuará los medios para garantizar el ejercicio efectivo del mencionado derecho, afirmando los principios de: a) Universalidad: entendida como la extensión de la cobertura de salud a toda la población de la provincia de Tierra del Fuego; b) Equidad: que implica una organización y distribución de las actividades de la salud según las
necesidades de los diferentes grupos de población, priorizando la población de menores recursos; c) Eficacia: comprendida como el desarrollo de todas las acciones necesarias para la consecución de los objetivos de salud propuestos; y
d) Eficiencia: que implica que en el cumplimiento de los tres principios anteriores se deberá asegurar la optimización y el uso racional de los recursos.