Decreto provincial Nº 1249/2016 : Establece medida de autolimitación del Poder Ejecutivo, en el ejercicio de las atribuciones y competencias dispuestas en el art. 135 inc. 15) de la Constitucion pcial. (indulto o conmutacion penas) / Poder Ejecutivo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : 15/07/16 - B.O.P. 3686.Edition: VigenteISBN:- 1249
Establecer, como medida de autolimitación del Poder Ejecutivo de carácter general, que el ejercicio de las atribuciones y competencias establecidas en el artículo 135, inciso 15 de la Constitución Provincial, no podrá aplicarse a las causas judiciales en las que se hayan condenado a personas por actos que hayan sido caracterizados por la decisión judicial que impuso la pena, como actos de violencia contra la mujer, en los términos y con los alcances que la legislación nacional e internacional se caracteriza a dichos conceptos.
Requerir al Superior Tribunal de Justicia que, en los casos previstos por el artículo 135, inciso 15 de la Constitución de la Provincia, al elevar su informe, consigne los antecedentes de la causa, los hechos que la originaron y la situación de las víctimas del delito del que se trate, refiriendo circunstanciadamente si de los mismos surge que en el juzgamiento se haya calificado o conceptualizado a los hechos que motivaron la pena como actos de violencia contra la mujer, en los términos y con los alcances que la legislación nacional e internacional se caracteriza a dichos conceptos