Ley territorial Nº 127: MODIFICACIÓN - Ley Impositiva. Ejercicio 1979 / Poder Ejecutivo Nacional
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : 09/04/79. 28 de Marzo de 1979. Edition: VigenteISBN:- 127
Contents:
Incorpórese al Capítulo I - Impuesto de Sellos - Actos y Contratos en General - artículo 2º de la Ley Nº 123, como inciso 16 lo siguiente:
“Los contratos de riesgo, reglados por la Ley Nacional Nº 21.778, tomando como base imponible el compromiso de inversión asumido por la empresa contratista en el respectivo contrato (el 10º/ºº).
El plazo, dentro del cual deberá habilitarse el sellado comenzará a partir de la fecha de notificación a la empresa contratista del decreto aprobatorio del contrato, sea publicación en el Boletín Oficial u otro medio fehaciente.”
No physical items for this record
Incorpórese al Capítulo I - Impuesto de Sellos - Actos y Contratos en General - artículo 2º de la Ley Nº 123, como inciso 16 lo siguiente:
“Los contratos de riesgo, reglados por la Ley Nacional Nº 21.778, tomando como base imponible el compromiso de inversión asumido por la empresa contratista en el respectivo contrato (el 10º/ºº).
El plazo, dentro del cual deberá habilitarse el sellado comenzará a partir de la fecha de notificación a la empresa contratista del decreto aprobatorio del contrato, sea publicación en el Boletín Oficial u otro medio fehaciente.”