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Ley territorial Nº 309 : Impuesto a los Ingresos Brutos: Exención a las actividades de producción primaria (Agricultura, caza, silvicultura, pesca) / Poder Ejecutivo Nacional

By: Material type: Computer fileComputer filePublication details: Ushuaia : 29 de Octubre de 1987 B.O.T. 27/11/87. Edition: DerogadaISBN:
  • 309
Subject(s): Online resources:
Contents:
Quedan exentas del impuesto a los Ingresos Brutos las actividades de producción primaria consideradas a continuación: a) Agricultura; b) Caza (excluidos acopio, comercialización y/o industrialización de sus productos); c) Silvicultura (explotación y procesamiento de la madera en forma primaria, tala y desbaste exclusivamente); d) Pesca (también su elaboración y envasado de pescado, crustáceos y otros productos marinos).
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Quedan exentas del impuesto a los Ingresos Brutos las actividades de producción
primaria consideradas a continuación:
a) Agricultura;
b) Caza (excluidos acopio, comercialización y/o industrialización de sus productos);
c) Silvicultura (explotación y procesamiento de la madera en forma primaria, tala y desbaste
exclusivamente);
d) Pesca (también su elaboración y envasado de pescado, crustáceos y otros productos marinos).

¿Base de Legislación Provincial “Koha”? es acceso en línea a leyes provinciales y territoriales, decretos reglamentarios y provinciales relevantes. Sistematización de la información legislativa pública disponible de los otros poderes del Estado. Leyes provinciales, textos ordenados de la Dirección Legislativa de la Legislatura de la provincia (Infoley), publicadas en el Boletín Oficial provincial, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno, así como los decretos reglamentarios provinciales y territoriales. Con actualización constante, la finalidad de esta iniciativa es centralizar y relacionar en un sólo portal, la normativa más relevante, que registran y publican cotidianamente los entes de los poderes del Estado de la provincia de Tierra del Fuego.

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