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Ley provincial Nº 1478 : Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.218 sobre Disposiciones Generales del Régimen Tarifario Específico de servicios públicos para Entidades de Bien Público / Poder Legislativo provincia

By: Material type: Computer fileComputer filePublication details: Ushuaia : 21 de Diciembre de 2022. B.O.P. 06/01/23. Edition: VigenteISBN:
  • 1478
Subject(s): Online resources:
Contents:
Adhesión. Adhiérase la Provincia de Tierra de Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en todos sus términos, a la Ley nacional 27.218 “Disposiciones Generales del Régimen Tarifario Específico de servicios públicos para Entidades de Bien Público”. Autoridad de aplicación. El Ministerio de Obras y Servicios Público de la Provincia, o el que lo reemplace en un futuro, es la autoridad de aplicación de esta ley, siendo su función la de coordinar acciones y celebrar acuerdos que permitan los mayores beneficios en materia tarifaria para las entidades de bien público involucradas en la ley; y la de supervisar, implementar y aplicar el Régimen Tarifario Específico, tanto en el ámbito provincial a través de las empresas prestadoras o de los entes reguladores, como en el ámbito municipal. Invitación a los municipios. Invítase a los municipios de la Provincia a adherir a esta ley, creando regímenes diferenciados para las entidades de bien público respecto de los servicios públicos, tasas e impuestos correspondientes a su jurisdicción.
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Adhesión. Adhiérase la Provincia de Tierra de Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en todos sus términos, a la Ley nacional 27.218 “Disposiciones Generales del Régimen Tarifario Específico de servicios públicos para Entidades de Bien Público”.
Autoridad de aplicación. El Ministerio de Obras y Servicios Público de la Provincia, o el que lo reemplace en un futuro, es la autoridad de aplicación de esta ley, siendo su función la de coordinar acciones y celebrar acuerdos que permitan los mayores beneficios en materia tarifaria para las entidades de bien público involucradas en la ley; y la de supervisar, implementar y aplicar el Régimen Tarifario Específico, tanto en el ámbito provincial a través de las empresas prestadoras o de los entes reguladores, como en el ámbito municipal.
Invitación a los municipios. Invítase a los municipios de la Provincia a adherir a esta ley, creando regímenes diferenciados para las entidades de bien público respecto de los servicios públicos, tasas e impuestos correspondientes a su jurisdicción.

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