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Ley provincial Nº 1511 : Ley de Ministerios / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.

By: Material type: Computer fileComputer filePublication details: Ushuaia : 13 de Diciembre de 2023. B.O.P. 5493 - 14/12/18. Edition: VigenteISBN:
  • 1511
Subject(s): Online resources:
Contents:
CREA Ministerios y Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo. El Gobernador de la Provincia será asistido, en la conducción de la acción de gobierno y de la administración del Estado, por los Ministros y Secretarios de Estado individualmente, de acuerdo con las facultades y responsabilidades que les confiere la presente ley como competencia y en conjunto constituyendo el Gabinete Provincial. El Gabinete Provincial tendrá a su cargo la atención y el despacho de los asuntos del Poder Ejecutivo de la Provincia. Los Ministros, conforme lo dispuesto en el artículo 136 de la Constitución Provincial, ejercerán sus funciones en los ramos ministeriales que se detallan a continuación: 1) Ministerio Jefatura de Gabinete; 2) Ministerio de Economía; 3) Ministerio de Obras y Servicios Públicos; 4) Ministerio de Producción y Ambiente; 5) Ministerio de Salud; 6) Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia; 7) Ministerio de Educación; 8) Ministerio de Trabajo y Empleo; y 9) Ministerio de Energía.
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CREA Ministerios y Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo.
El Gobernador de la Provincia será asistido, en la conducción de la acción de gobierno y de la administración del Estado, por los Ministros y Secretarios de Estado individualmente, de acuerdo con las facultades y responsabilidades que les confiere la presente ley como competencia y en conjunto constituyendo el Gabinete Provincial.
El Gabinete Provincial tendrá a su cargo la atención y el despacho de los asuntos del Poder Ejecutivo de la Provincia. Los Ministros, conforme lo dispuesto en el artículo 136 de la Constitución Provincial, ejercerán sus funciones en los ramos ministeriales que se detallan a continuación:
1) Ministerio Jefatura de Gabinete;
2) Ministerio de Economía;
3) Ministerio de Obras y Servicios Públicos;
4) Ministerio de Producción y Ambiente;
5) Ministerio de Salud;
6) Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia;
7) Ministerio de Educación;
8) Ministerio de Trabajo y Empleo; y
9) Ministerio de Energía.

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