Ley provincial Nº 1546 : INSTRUYE a la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) a suspender el inicio de ejecuciones fiscales / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia; B.O.P. 5582 24 de abril. Edition: VigenteISBN:- 1546
La normativa instruye a la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) a suspender por un año el inicio y la continuidad de ejecuciones fiscales de todas las deudas que puedan ser ejecutadas al momento de la entrada en vigencia de la ley. Se impide el inicio de nuevas ejecuciones fiscales, y también paraliza cualquier procedimiento en curso, incluyendo la aplicación de medidas cautelares que podrían comprometer la continuidad operativa de los contribuyentes. Adicionalmente, la ley suspende los plazos procesales, lo que significa que durante el año en que la ley esté en vigor, no correrán los términos legales que normalmente limitan el tiempo durante el cual se pueden iniciar o continuar acciones legales contra los deudores. La ley es significativa para los contribuyentes cuya base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos no superó los 500 millones de pesos durante el período fiscal 2023. Además, la presente ley obliga a los contribuyentes beneficiados a adherirse a los planes de pago vigentes o futuros dentro de un período de seis meses. Finalmente, la autoridad de aplicación de esta ley, la AREF, no solo se encargará de la implementación de estas medidas, sino que también puede emitir normativas adicionales necesarias para garantizar su adecuada aplicación.