Ley provincial Nº 592 : MODIFICACIÓN - Aborígenes. Adjudicación de tierras a las Comunidades del Pueblo Ona de la Provincia / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : B.O.P. 05/12/03 06 de Noviembre de 2003. Edition: VigenteISBN:- 592
Sustitúyese el artículo 4º de la Ley provincial Nº 405 por el siguiente texto: "Artículo 4º.- La extensión de tierras específicamente a adjudicar ocupa parte de la superficie de los antiguos lotes Nº 89, 90, 91 y 92, ubicados en dos (2) fracciones según la siguiente descripción: 1.- Fracción en el N.O. del antiguo lote rural Nº 90 definida por un polígono cuyo lado Norte es una línea recta que linda con la parcela 116A de la sección Rural del departamento Río Grande (Estancia Ushuaia); su lado Este es una línea quebrada en tres (3) tramos: el primero con rumbo S.O. linda con la parcela 147 de la sección Rural del departamento Río Grande (establecimiento Don Matías); el segundo y tercero con rumbo S.O. y Sur respectivamente, lindan con la parcela
153R del macizo 3000 de la sección T del departamento Río Grande; su lado al Sur es una línea recta que linda con el remanente de la parcela 191R del macizo 3000 y la parte del macizo 131 que se encuentra fuera de los límites del ejido urbano de la Comuna, ambos de la sección T del departamento Río Grande y su lado Oeste es una línea recta que linda con el ejido urbano de la Comuna de Tólhuin.