Ley provincial Nº 1416 : MODIFICACIÓN - Escribanía General del Gobierno / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : 16 de Junio de 2022. B.O.P. 06/07/22. Edition: VigenteISBN:- 1416
Contents:
Sustitúyese el artículo 3° de la Ley provincial 160, por el siguiente texto: “Artículo 3°.- La Escribanía General del Gobierno de la Provincia estará a cargo de el/la Escribano/a General del Gobierno y de un/una Escribano/a Adscripto/a, quienes podrán actuar de forma conjunta o indistinta.
El/la Escribano/a General del Gobierno y el/la Escribano/a Adscripto/a serán designados y removidos por el Poder Ejecutivo Provincial.”.
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Sustitúyese el artículo 3° de la Ley provincial 160, por el siguiente texto: “Artículo 3°.- La Escribanía General del Gobierno de la Provincia estará a cargo de el/la Escribano/a General del Gobierno y de un/una Escribano/a Adscripto/a, quienes podrán actuar de forma conjunta o indistinta.
El/la Escribano/a General del Gobierno y el/la Escribano/a Adscripto/a serán designados y removidos por el Poder Ejecutivo Provincial.”.