Ley provincial Nº 679 : MODIFICACIÓN - Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Provincial / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : B.O.P. 04/11/05. 18 de Agosto de 2005. Edition: DerogadaISBN:- 679
Sustitúyese el artículo 73 de la Ley provincial 495 por el siguiente texto: “Artículo 73.- La Tesorería General estará a cargo de un Tesorero General que será asistido por un Subtesorero General. Serán designados por el Poder Ejecutivo Provincial con acuerdo de la Legislatura y durarán en su cargo por un período de cuatro (4) años, pudiendo ser designados nuevamente. Para ejercer ambos cargos se requerirá título universitario en alguna de las ramas de las ciencias económicas, con una antigüedad mínima de cinco (5) años en el ejercicio de la profesión, y una experiencia en el área financiera o de control del sector público o privado no inferior a dos (2) años. Estos funcionarios serán solidariamente responsables y responderán con su patrimonio por los perjuicios causados al erario público durante su gestión. El nivel de remuneración de los mismos será equivalente al rango de Secretario de Estado.”.