Ley provincial Nº 1321 : MODIFICACIÓN - Ley Orgánica del Poder Judicial / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : 25 de Septiembre de 2020. B.OP. 30/09/20. Edition: VigenteISBN:- 1321
Sustituye el artículo 62 de la Ley provincial 110, por el siguiente texto: "Artículo 62.- Actuarán en la Provincia dos (2) Fiscales Mayores, diez (10) Agentes Fiscales, dos (2) Defensores Públicos Mayores y trece (13) Defensores Públicos. Los Fiscales Mayores y Defensores Públicos Mayores tendrán a su cargo la Jefatura de las Oficinas de Fiscales y Defensores, respectivamente, en cada Distrito Judicial. Organizarán y controlarán la gestión administrativa y tendrán los mismos deberes y atribuciones, respectivamente, que los correspondientes a los Agentes Fiscales y Defensores Públicos, sin perjuicio de las demás funciones que dispusieran los titulares de cada Ministerio Público y la legislación vigente.