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Ley provincial Nº 1234 : MODIFICACIÓN - Ley Orgánica del Poder Judicial / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.

By: Material type: Computer fileComputer filePublication details: Ushuaia : 13 de Julio de 2018. B.O.P.: 31/07/18. Edition: VigenteISBN:
  • 1234
Subject(s): Online resources:
Contents:
Sustitúyese el artículo 73 de la Ley provincial 110 -Ley Orgánica del Poder Judicial-, sobre orden de sorteo eliminatorio en los casos de recusación, excusación, vacancia o licencia de algunos de los miembros de Superior Tribunal de Justicia, éste se integrará hasta el número legal para fallar, por sorteo eliminatorio de las listas que se confeccionen. Sutitúyese el artículo 74 de la Ley provincial 110, en los supuestos establecidos en el artículo anterior, el orden de reemplazo de los jueces de las salas penales de las cámaras de Apelaciones de ambos distritos. Sustitúyese el artículo 75 de la Ley provincial 110, Sobre orden de reemplazo de los jueces de las salas Civil, Comercial y del Trabajo por los magistrados del mismo Distrito Judicial. Sustitúyese el artículo 76 de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo de los jueces del Tribunal de Juicio en lo Criminal por los magistrados del mismo Distrito Judicial. Sustitúyese el artículo 77 de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo de los jueces de Instrucción por los magistrados del mismo Distrito Judicial. Sustitúyese el artículo 79 de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo de los jueces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial s por los magistrados del mismo Distrito Judicial. Sustitúyese el artículo 79 Bis de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo de los jueces jueces de Primera Instancia del Trabajo por los magistrados del mismo Distrito Judicial. Sustitúyese el artículo 80 de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo de los jueces de Familia y Minoridad por los magistrados del mismo Distrito Judicial. Sustitúyese el artículo 81 de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo del Juez de Primera Instancia Electoral por los magistrados del mismo Distrito Judicial.
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Sustitúyese el artículo 73 de la Ley provincial 110 -Ley Orgánica del Poder Judicial-, sobre orden de sorteo eliminatorio en los casos de recusación, excusación, vacancia o licencia de algunos de los miembros de Superior Tribunal de Justicia, éste se integrará hasta el número legal para fallar, por sorteo eliminatorio de las listas que se confeccionen.
Sutitúyese el artículo 74 de la Ley provincial 110, en los supuestos establecidos en el artículo anterior, el orden de reemplazo de los jueces de las salas penales de las cámaras de Apelaciones de ambos distritos.
Sustitúyese el artículo 75 de la Ley provincial 110, Sobre orden de reemplazo de los jueces de las salas Civil, Comercial y del Trabajo por los magistrados del mismo Distrito Judicial.
Sustitúyese el artículo 76 de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo de los jueces del Tribunal de Juicio en lo Criminal por los magistrados del mismo Distrito Judicial.
Sustitúyese el artículo 77 de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo de los jueces de Instrucción por los magistrados del mismo Distrito Judicial.
Sustitúyese el artículo 79 de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo de los jueces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial s por los magistrados del mismo Distrito Judicial.
Sustitúyese el artículo 79 Bis de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo de los jueces jueces de Primera Instancia del Trabajo por los magistrados del mismo Distrito Judicial.
Sustitúyese el artículo 80 de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo de los jueces de Familia y Minoridad por los magistrados del mismo Distrito Judicial.
Sustitúyese el artículo 81 de la Ley provincial 110, sobre orden de reemplazo del Juez de Primera Instancia Electoral por los magistrados del mismo Distrito Judicial.

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