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Ley provincial Nº 1068 : Declara la Emergencia del Sistema de la Seguridad Social de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur por el lapso de dos (2) años / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.

By: Material type: Computer fileComputer filePublication details: Ushuaia : 08 de Enero de 2016. B.O.P. 11/01/2016. Edition: VigenteISBN:
  • 1068
Subject(s): Online resources:
Contents:
Declárase la Emergencia del Sistema de la Seguridad Social de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur por el lapso de dos (2) años, los que se computarán desde la fecha de la sanción de la presente. El Poder Ejecutivo elevará a la Legislatura provincial, en el plazo y condiciones que establezca la reglamentación, un informe circunstanciado que deberá relevar el impacto de las medidas previstas en la presente, de acuerdo a los fines tenidos en miras con su sanción durante el lapso de emergencia. El Poder Legislativo, previo análisis de la información remitida, podrá prorrogar por única vez la emergencia aquí declarada por un plazo igual o inferior a dos (2) años. Asimismo, durante el plazo de la emergencia el Poder Ejecutivo elevará a la Legislatura provincial informes semestrales del avance y aplicación de las medidas dispuestas en la presente ley. Las medidas que se disponen en la presente ley estarán orientadas a la regularización integral de la situación de crisis actual mediante la implementación de una administración eficaz y con el objeto primordial de ejecutar acciones tendientes a conquistar la sustentabilidad y sostenibilidad del sistema, asegurando a las generaciones presentes y futuras el acceso al derecho de la seguridad social en el ámbito de las normas locales que lo regulan.
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Declárase la Emergencia del Sistema de la Seguridad Social de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur por el lapso de dos (2) años, los que se computarán desde la fecha de la sanción de la presente. El Poder Ejecutivo elevará a la Legislatura provincial, en el plazo y condiciones que establezca la reglamentación, un informe circunstanciado que deberá relevar el impacto de las medidas previstas en la presente, de acuerdo a los fines tenidos en miras con su sanción durante el lapso de emergencia. El Poder Legislativo, previo análisis de la información remitida, podrá prorrogar por única vez la emergencia aquí declarada por un plazo igual o inferior a dos (2) años.
Asimismo, durante el plazo de la emergencia el Poder Ejecutivo elevará a la Legislatura provincial informes semestrales del avance y aplicación de las medidas dispuestas en la presente ley. Las medidas que se disponen en la presente ley estarán orientadas a la regularización integral de la situación de crisis actual mediante la implementación de una administración eficaz y con el objeto primordial de ejecutar acciones tendientes a conquistar la sustentabilidad y sostenibilidad del sistema, asegurando a las generaciones presentes y futuras el acceso al derecho de la seguridad social en el ámbito de las normas locales que lo regulan.

¿Base de Legislación Provincial “Koha”? es acceso en línea a leyes provinciales y territoriales, decretos reglamentarios y provinciales relevantes. Sistematización de la información legislativa pública disponible de los otros poderes del Estado. Leyes provinciales, textos ordenados de la Dirección Legislativa de la Legislatura de la provincia (Infoley), publicadas en el Boletín Oficial provincial, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno, así como los decretos reglamentarios provinciales y territoriales. Con actualización constante, la finalidad de esta iniciativa es centralizar y relacionar en un sólo portal, la normativa más relevante, que registran y publican cotidianamente los entes de los poderes del Estado de la provincia de Tierra del Fuego.

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