Ley provincial Nº 21 : Juicio Político / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia 30 de Julio de 1992. B.O.P. 07/08/92. Edition: VigenteISBN:- 21
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El Juicio Político contra las personas sometidas a él por disposición del artículo 114 de la Constitución Provincial, podrá ser promovido por cualquier persona -física o jurídica- que tenga el pleno ejercicio de sus derechos, aunque sea miembro o empleado de cualquiera de los poderes provinciales.
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El Juicio Político contra las personas sometidas a él por disposición del artículo 114 de la Constitución Provincial, podrá ser promovido por cualquier persona -física o jurídica- que tenga el pleno ejercicio de sus derechos, aunque sea miembro o empleado de cualquiera de los poderes provinciales.