Ley provincial Nº 1319 : MODIFICACIÓN - Ley Provincial N° 1312, sobre Emergencia Económica, Fiscal, Financiera y Social en el ámbito de la Provincia, y de la Ley provincial 440 Ley Impositiva. Ejercicio 1999 / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia 28 de Mayo de 2020. B.O.P.: 02/06/20. Edition: VigenteISBN:- 1319
Sustitúyese el artículo 17 de la Ley provincial 1312, por el siguiente texto: “Artículo 17.- Sustitúyese el capítulo VI de la Ley provincial 440 por el siguiente texto “Capítulo 6 – Fondo de Asistencia del Financiamiento para el Sistema Previsional y Fondo de Asistencia Económica COVID – 19.
Créase el “Fondo de Financiamiento para el Sistema Previsional” con afectación específica al sostenimiento del sistema previsional de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, el que se integrará con el derivado de una alícuota adicional del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del tres por ciento (3,00%), aplicable a las actividades gravadas por dicho Impuesto.
Se crea el Fondo de afectación específica mientras dure la presente Ley denominado Asistencia Económica COVID-19 con destino a la asistencia de micro, pequeñas y medianas empresas constituidas como personas humanas o jurídicas, cooperativas, asociaciones civiles, mutuales y cuentapropistas, entre otros, mediante el otorgamiento de subsidios no reintegrables de carácter monetario, a través del Ministerio de Producción y Ambiente.