Ley provincial Nº 25 : Ministerios / Poder Legislativo Provincia deTierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia 30 de Julio de 1992. B.O.P. 31/08/92. Edition: VigenteISBN:- 25
Contents:
El Gobernador en el ejercicio del Poder Ejecutivo, conforme con lo dispuesto por el artículo 136 de la Constitución Provincial, será asistido por los siguientes Ministros:
1) de Gobierno, Trabajo y Justicia;
2) de Economía;
3) de Educación y Cultura;
4) de Salud y Acción Social;
5) de Obras y Servicios Públicos.
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El Gobernador en el ejercicio del Poder Ejecutivo, conforme con lo dispuesto por el artículo 136 de la Constitución Provincial, será asistido por los siguientes Ministros:
1) de Gobierno, Trabajo y Justicia;
2) de Economía;
3) de Educación y Cultura;
4) de Salud y Acción Social;
5) de Obras y Servicios Públicos.