Ley provincial Nº 513 : MODIFICACIÓN - Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : B.O.P.: 01/02/01. 12 de Diciembre de 2000. Edition: VigenteISBN:- 513
Contents:
Incorpórase como artículo 629 bis a la Ley provincial Nº 147 el siguiente texto:
“Artículo 629 bis.- Entrega del inmueble al accionante. En los casos en que la acción de desalojo se dirija contra intruso, en cualquier estado del juicio después de trabada la litis y a pedido del actor, el Juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si el derecho invocado fuese verosímil y previa caución por los eventuales daños y perjuicios que se puedan irroga.
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Incorpórase como artículo 629 bis a la Ley provincial Nº 147 el siguiente texto:
“Artículo 629 bis.- Entrega del inmueble al accionante. En los casos en que la acción de desalojo se dirija contra intruso, en cualquier estado del juicio después de trabada la litis y a pedido del actor, el Juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si el derecho invocado fuese verosímil y previa caución por los eventuales daños y perjuicios que se puedan irroga.