Ley provincial Nº 520 : Declaración como Santuario provincial a los Desovaderos naturales de Trucha Marrón. Prohibición de pesca. Recursos Naturales / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : 10 de Mayo de 2001 B.O.P.: 02/07/01. Edition: VigenteISBN:- 520
Contents:
Declárase Santuario provincial, a los desovaderos naturales de trucha marrón (Salmo Trutta Fario) de los siguientes cursos de agua: a) Chorrillo que nace de vertientes y desemboca en la laguna San Luis, (llamado chorrillo de los Salmones); b) río Indio que nace en el lago Chepelmut y desemboca en el lago Yehuín; c) arroyo que nace de vertientes y desemboca en el lago Chepelmut (llamado arroyo Minica).
Prohíbese la pesca en cualquier modalidad durante todo el año, en los lugares anteriormente descriptos.
No physical items for this record
Declárase Santuario provincial, a los desovaderos naturales de trucha marrón (Salmo Trutta Fario) de los siguientes cursos de agua: a) Chorrillo que nace de vertientes y desemboca en la laguna San Luis, (llamado chorrillo de los Salmones); b) río Indio que nace en el lago Chepelmut y desemboca en el lago Yehuín; c) arroyo que nace de vertientes y desemboca en el lago Chepelmut (llamado arroyo Minica).
Prohíbese la pesca en cualquier modalidad durante todo el año, en los lugares anteriormente descriptos.