Decreto Nº 936/2011 : Promuévese la erradicación de la difusión de mensajes e imágenes que estimulen o fomenten la explotación sexual / Poder Ejecutivo Nacional. - Vigente - Buenos Aires : 05/07/2011.

Con carácter de orden público y de aplicación en todo el territorio de la República, conforme lo previsto por el artículo 1º de la Ley Nº 26.485, prohíbense los avisos que promuevan la oferta sexual o hagan explícita o implícita referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, por cualquier medio, con la finalidad de prevenir el delito de Trata de Personas con fines de explotación sexual y la paulatina eliminación de las formas de discriminación de las mujeres.
Asimismo, quedan comprendidos en este régimen todos aquellos avisos cuyo texto, haciendo referencia a actividades lícitas resulten engañosos, teniendo por fin último la realización de alguna de las actividades aludidas en el párrafo precedente. Fuente: INFOLEG.

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DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL
DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
PROTECCIÓN DE LA MUJER
VIOLENCIA DE GÉNERO