TY - DATA ED - Poder Legislativo Tierra del Fuego TI - Ley provincial Nº 1411: MODIFICACIÓN - Presupuesto general de erogaciones y cálculo de recursos de la administración pública. Ejercicio 2022. Pago de deuda consolidada y flotante a la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF) SN - 1411 PY - 0000///302022/// CY - Ushuaia PB - B.O.P. 01/04/22. KW - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA KW - PRESUPUESTO KW - PRESUPUESTO PROVINCIAL N1 - Sustitúyese el artículo 21 de la Ley provincial 1399, sobre fijar el monto máximo al que se refiere el artículo 79 de la Ley provincial 495, en la suma de PESOS SIETE MIL MILLONES ($7.000.000.000).”. Incorpórase como artículo 21 bis de la Ley provincial 1399, con el siguiente texto: “Artículo 21 bis.- Facúltase al Poder Ejecutivo a garantizar la autorización dispuesta en el artículo precedente, con afectación de recursos corrientes provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos, netos de la Coparticipación a Municipios.”. Establécese que el Poder Ejecutivo destinará al pago de la deuda consolidada y flotante de la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF) la suma de PESOS MIL MILLONES ($1.000.000.000) de las Letras autorizadas, el que debe efectuarse dentro del plazo de seis (6) meses a partir de la efectiva colocación de las Letras en el mercado UR - https://www.legistdf.gob.ar/lp/leyes/Provinciales/LEYP1411.pdf ER -