Ley provincial Nº 1384 : (Record no. 241)
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000 -CABECERA | |
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campo de control de longitud fija | 02423nmm a22002417a 4500 |
NÚMERO DE CONTROL | |
campo de control | 1384 |
IDENTIFICADOR DE NÚMERO DE CONTROL | |
campo de control | PJ-TDF |
FECHA Y HORA DE LA ÚLTIMA TRANSACCIÓN | |
campo de control | 20230606104145.0 |
DATOS DE LONGITUD FIJA--INFORMACIÓN GENERAL | |
campo de control de longitud fija | 220928b |||||||| |||| 00| 0 eng d |
NÚMERO DE LA NORMA | |
Número de Norma | 1384 |
FUENTE DE LA CATALOGACIÓN | |
Centro/agencia transcriptor | PJ TDF |
NOMBRE DEL EMISOR | |
Emisor | Poder Legislativo Tierra del Fuego |
9 (RLIN) | 1 |
TÍTULO DE LA NORMATIVA | |
Título | Ley provincial Nº 1384 : |
Resto del título | Ley de Honorarios en el Ejercicio de la Abogacía / |
Mención de Responsabilidad | Poder Legislativo Provincia deTierra del Fuego. |
ESTADO DE LA NORMA | |
Estado | Vigente |
DATOS DE LA NORMATIVA | |
Lugar de Publicación | Ushuaia : |
Sanción | 30 de Septiembre de 2021. |
Boletín Oficial/Fecha | B.O.P. 25/10/21. |
Promulgación | 22/10/21 D.P. N° 2132/21. |
CONTENIDO DE LA NORMATIVA | |
Nota de Normativa | Los honorarios profesionales de los/as abogados/as por su actividad judicial, extrajudicial o administrativa, cuando la competencia correspondiere a los<br/>tribunales judiciales de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur se regularán de acuerdo a esta ley.La finalidad de esta ley es dignificar, jerarquizar y proteger los honorarios de los/as abogados/as. La ley debe interpretarse a favor de los/as abogados/as. En los casos de oscuridad, insuficiencia o silencio de esta ley, se aplican analógicamente las normas que más se adecúen a la actividad profesional realizada, armonizándolas con los códigos de procedimiento que correspondan, de manera que aseguren una retribución digna y equitativa por la actividad cumplida.<br/>Orden público. La presente ley es de orden público. El/la magistrado/a, funcionario/a judicial, árbitro/a y amigable componedor/a, que se aparte de esta ley para determinar los honorarios por la actividad profesional de los/as abogados/as, incurre en culpa grave, siendo pasible de las sanciones que prevea la legislación que regule su ejercicio laboral o profesional. <br/>Las disposiciones de esta ley son de aplicación automática a partir de su publicación a todos los procesos en curso en los que no hubiere regulación<br/>firme y consentida de honorarios. No aplica en las relaciones jurídicas existentes que cuenten con convenios en vigencia o pagos efectuados en virtud de ellas. |
PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | GASTOS DEL PROCESO |
9 (RLIN) | 130 |
PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA | |
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada | HONORARIOS |
9 (RLIN) | 131 |
PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--NOMBRE GEOGRÁFICO | |
Nombre Geográfico | TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR |
9 (RLIN) | 54 |
LOCALIZACIÓN Y ACCESO ELECTRÓNICOS | |
Texto Completo | Acceso al documento |
Documento | https://legistdf.gob.ar/lp/leyes/Provinciales/LEYP1384.pdf |
LOCALIZACIÓN Y ACCESO ELECTRÓNICOS | |
Texto Completo | Antecedentes Parlamentarios |
Documento | https://www.justierradelfuego.gov.ar/wp-content/uploads/2023/06/LEY-1384.-Antecedentes-parlamentarios_compressed.pdf |
TIPOS DE ITEMS | |
Tipo de ítem | Leyes Provinciales |
-- | 241 |
-- | 241 |
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