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Ley provincial Nº 1037 : (Record no. 463)

MARC details
000 -CABECERA
campo de control de longitud fija 02409nmm a22002417a 4500
NÚMERO DE CONTROL
campo de control 1037
IDENTIFICADOR DE NÚMERO DE CONTROL
campo de control PJ-TDF
FECHA Y HORA DE LA ÚLTIMA TRANSACCIÓN
campo de control 20221116155445.0
DATOS DE LONGITUD FIJA--INFORMACIÓN GENERAL
campo de control de longitud fija 220928b |||||||| |||| 00| 0 eng d
NÚMERO DE LA NORMA
Número de Norma 1037
FUENTE DE LA CATALOGACIÓN
Centro/agencia transcriptor PJ TDF
NOMBRE DEL EMISOR
Emisor Poder Legislativo Tierra del Fuego
9 (RLIN) 1
TÍTULO DE LA NORMATIVA
Título Ley provincial Nº 1037 :
Resto del título Creación del Sistema Provincial de Acogimiento Familiar /
Mención de Responsabilidad Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
ESTADO DE LA NORMA
Estado Vigente
DATOS DE LA NORMATIVA
Lugar de Publicación Ushuaia :
Boletín Oficial/Fecha B.O.P.: 10/04/15.
Sanción 12 de Marzo de 2015.
Promulgación 01/04/2015 D.P Nº 764/15.
CONTENIDO DE LA NORMATIVA
Nota de Normativa La presente ley tiene por objeto crear el Sistema Provincial de Acogimiento Familiar de la Provincia de Tierra del Fuego, en el marco de la Ley nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y la Ley provincial 521 Ley de Protección<br/>Integral de los Derechos de Niños, Niñas, Adolescentes y sus Familias. <br/>Fines. El Sistema Provincial de Acogimiento Familiar tendrá a su cargo el cumplimiento de la medida excepcional de protección, previstas en los artículos 39, 40 y 41 de la Ley nacional 26.061 y artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley provincial 521, así como también los artículos correspondientes de sus decretos reglamentarios.<br/>Interés Superior. En acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño (CIDN) y las leyes mencionadas precedentemente que rigen en el territorio provincial, y ante las distintas situaciones que en el marco del acogimiento familiar se susciten será de consideración primordial de niños, niñas y adolescentes el interés superior de los mismos. <br/>Derecho a la convivencia familiar y comunitaria. El Sistema de Acogimiento Familiar creado en el territorio provincial vela por el estricto cumplimiento del derecho a la convivencia familiar y comunitaria. En cumplimiento de este derecho, se instará a las instituciones que conforman dicho sistema a evitar por todos los medios la institucionalización de niños, niñas y adolescentes, siempre que los profesionales intervinientes no evalúen lo contrario.
PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
9 (RLIN) 67
PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada DERECHO A LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA FAMILIA
9 (RLIN) 86
PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
Término de materia o nombre geográfico como elemento de entrada INTERES SUPERIOR DEL NIÑO
9 (RLIN) 185
ENTRA/ENLACE A OTRAS RELACIONES
Título Ley provincial Nº 1072
Relación Modificada por:
LOCALIZACIÓN Y ACCESO ELECTRÓNICOS
Documento https://www.justierradelfuego.gov.ar/wp-content/uploads/2022/01/LEY-1037.pdf
Texto Completo Acceso al documento
TIPOS DE ITEMS
Tipo de ítem Leyes Provinciales
-- 463
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