Ley provincial Nº 561 : Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el Personal de los tres Poderes del Estado Provincial / Poder Legislativo Provincia de Tierra del Fuego.
Material type: Computer filePublication details: Ushuaia : B.O.P. 27/11/02 10 de Octubre de 2002. Edition: VigenteISBN:- 561
Institúyese con carácter obligatorio para el personal de todas las jerarquías de los tres poderes del Estado de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, sus reparticiones u organismos centralizados, descentralizados, entes autárquicos, empresas del Estado provincial, servicios de cuentas especiales y obras sociales, como así también para el personal de las municipalidades y comunas en el ámbito de su jurisdicción el siguiente régimen de jubilaciones y pensiones, con sujeción a las normas de la presente Ley.
Quedan excluidas, por razones de especificidad, las fuerzas de Seguridad de la Provincia las que serán incluidas en un régimen particular.